Real Decreto 1155/2024 | En vigor desde el 20 de mayo de 2025
📍 Afecta a todas las solicitudes de visado, residencia y estancia tramitadas a partir de esa fecha
👨⚖️ En nuestro despacho Abogados Extranjería & Inmobiliario, te explicamos los puntos clave de esta reforma para ayudarte a entender cómo puede afectarte si eres extranjero y deseas residir, estudiar o trabajar en España.
Se compone de 15 Títulos que abarcan todo el proceso de extranjería:
✅ Entrada y salida
✅ Visados
✅ Estancia y residencia
✅ Autorizaciones laborales
✅ Reagrupaciones y familiares de españoles
✅ Centros de migración e infracciones
🔹 Sigue siendo necesaria autorización de regreso en ciertas salidas
🔹 Mención a la futura entrada del sistema ETIAS
🔹 Se aclaran las exenciones de visado para ciertos colectivos (tripulantes, diplomáticos, refugiados…)
Tránsito aeroportuario
Estancia de corta duración (hasta 90 días)
Estancia/residencia de larga duración
📌 La gran novedad: todo lo relativo a visados se agrupa en un único título estructurado y claro.
📚 Válido para:
Estudios superiores
Educación secundaria
Idiomas, prácticas, cursos con certificación profesional
Voluntariado
Programas de movilidad escolar
📝 Requisitos:
Matrícula pagada
Pasaporte con 1 año de vigencia
Seguro médico
Medios económicos (IPREM)
Certificado médico y antecedentes penales si la estancia supera los 6 meses
👨👩👧 Familiares de estudiantes:
Solo permitidos si el estudiante cursa estudios superiores o formación sanitaria especializada
Se incluye a parejas estables no registradas, si se prueba la convivencia
💼 Para quienes obtienen una autorización previa de:
Residencia no lucrativa
Trabajo por cuenta ajena o propia
Reagrupación familiar
🔍 A destacar:
Ahora el visado y la autorización se tramitan de forma conjunta en muchos supuestos
Se mantiene el sistema de códigos consulares (RES, TRE, RFK…)
Cambios en la forma de acreditar medios económicos en el extranjero
👥 Se crea una autorización de residencia específica para familiares de nacionales españoles.
✔️ Reagrupación más flexible y ágil
✔️ Tramitación gratuita y prioritaria
✔️ Dos vías:
1️⃣ El familiar está fuera y el español ya reside en España (visado código RFN)
2️⃣ Ambos se encuentran fuera y vienen juntos (visado código RFX)
👤 Familiares reagrupables:
Cónyuges y parejas estables (incluso no registradas)
Hijos menores o mayores a cargo
Ascendientes sin apoyo familiar
Padres de menores españoles
Otros familiares en circunstancias especiales
🔁 Se suprime la doble fase: ahora una única solicitud
🧑🌾 Para temporada: autorización de 4 años, máximo 9 meses al año
👩🔬 Desaparecen los visados para investigadores y artistas (se regulan por Ley de Emprendedores)
📍 Visado especial para menores que vengan a España por:
Tratamientos médicos
Programas vacacionales
Escolarización humanitaria
🧒 Visado código EME o SME, según el caso
✍️ Podrá solicitarse desde el consulado si se perdió por salida prolongada
⚠️ No aplica a reagrupados: en estos casos debe volver a tramitarse desde España
📍 En Candela Villagrasa – Extranjería & Inmobiliario te ayudamos a:
✅ Tramitar visados de residencia y estudios
✅ Reagrupar familiares
✅ Renovar o recuperar tu permiso
✅ Obtener asesoramiento integral en regularización, nacionalidad o vivienda
🔗 Puedes contactarnos desde extranjeria-inmobiliario.com