🗓️ El 20 de mayo de 2025 entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), que sustituye al anterior de 2011.
La Subdirección General de Inmigración ha publicado una circular que aclara los criterios de aplicación del nuevo marco legal para autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, voluntariado y actividades formativas.
📌 Anticipación en la solicitud: Deberá presentarse con al menos 2 meses de antelación al inicio de los estudios. Se permite una antelación menor si el proceso de admisión lo justifica.
🎓 Edad mínima: Podrán solicitar desde los 17 años si es para estudios superiores, siempre desde consulado. Menores con altas capacidades también pueden optar.
⏳ Duración: La estancia se concede por la duración oficial del curso o actividad (mínimo 91 días). Se puede solicitar ajustar el permiso para evitar el mes previo y los 15 días posteriores.
💶 Recursos económicos: Se exige demostrar medios equivalentes al 100% del IPREM mensual. El alojamiento pagado por adelantado puede computar. Se aceptan ayudas, becas, medios propios o familiares.
🩺 Seguro médico: Obligatorio, completo y sin copagos. Puede sustituirse por afiliación a la Seguridad Social si hay contrato laboral válido.
📚 Matrícula: Debe corresponderse con los estudios autorizados. Es válida la matrícula parcial por cuatrimestre si dura más de 90 días. También se aceptan títulos propios de universidades reconocidas.
👨👩👧 Familiares: Podrán solicitar la estancia simultáneamente con el titular principal si se trata de estudios superiores.
🔄 Prórrogas: No hay renovación, solo prórroga si es dentro del mismo tipo de estudio. Máximo dos para estudios superiores o postobligatorios. Deben solicitarse por vía electrónica (plataforma Mercurio).
🚫 Extinción y denegación: Se extingue si se detecta desvío del fin académico (por ejemplo, solo trabajar). Se puede solicitar nueva autorización en otro centro si el anterior pierde reconocimiento.
💼 Modificación a residencia y trabajo: Posible si no se ha sido becado por cooperación. Se permite cambiar sin visado si ya se cuenta con el título finalizado.
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