📢 Novedades en Estancia por Estudios de Idiomas: ¡Ahora puedes solicitarla desde España!
Si estás pensando en venir a España a estudiar español u otra lengua cooficial, esta noticia te interesa. Una reciente modificación normativa abre una nueva puerta para los estudiantes internacionales: ya es posible tramitar la autorización inicial de estancia por estudios de idiomas directamente desde España, evitando los trámites consulares en tu país de origen.
Esta novedad, basada en la Instrucción SEM 3/2025 y en el Real Decreto 1155/2024, supone un cambio importante en materia de extranjería, ofreciendo mayor comodidad, agilidad y seguridad jurídica a quienes desean formarse en nuestro país.
🏛️ Base legal y qué cambia con esta instrucción
La Instrucción Primera de las Instrucciones SEM 3/2025 establece que los cursos de idiomas impartidos por instituciones de educación superior reconocidas se consideran estudios superiores.
Gracias a esta interpretación, se aplica lo dispuesto en el Artículo 54 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que habilita la presentación de la solicitud desde territorio español.
Esto significa que no necesitas regresar a tu país para pedir el visado, siempre que cumplas con los requisitos establecidos.
✅ Requisitos principales para la estancia por estudios de idiomas
Para beneficiarte de esta nueva posibilidad, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- 🏫 Centro educativo: El curso debe ser impartido por una universidad u otra institución de educación superior reconocida.
- 🗣️ Idioma: Debe ser castellano o alguna lengua cooficial (catalán, gallego, euskera) y no puede ser tu lengua materna.
- 👩🏫 Modalidad: Los estudios deben ser 100% presenciales, no se admiten modalidades online ni semipresenciales.
- 🛂 Situación legal: El solicitante debe encontrarse en situación regular en España (entrada legal, estancia vigente, visado válido, etc.).
- ⏳ Plazo: La solicitud debe presentarse al menos 2 meses antes del inicio del curso.
📝 Procedimiento: cómo solicitar la estancia desde España
- 📍 Presentación en Oficina de Extranjería:
La solicitud se realiza ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde vayas a cursar los estudios.
- 📄 Documentación obligatoria:
- Carta de admisión emitida por la institución, acreditando el carácter superior del curso.
- Justificación de medios económicos suficientes para tu estancia en España.
- Seguro médico privado que cubra toda tu estancia.
- Pasaporte en vigor.
- 🔄 Resolución y obtención de TIE:
Si la solicitud es aprobada, podrás tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), documento indispensable para residir legalmente en España mientras estudias.
- 👨👩👧 Posibilidad de familiares:
Podrás solicitar la estancia de tus familiares si cumplen los requisitos y están en situación regular.
🌟 Ventajas de esta nueva regulación
- Ahorro de tiempo y costes: ya no necesitas viajar a tu país para pedir el visado.
- Mayor seguridad jurídica: se equipara la enseñanza de idiomas a estudios universitarios.
- Facilidad de acceso: fomenta que más estudiantes internacionales puedan formarse en España.
📌 Conclusión
La reforma introducida por el Real Decreto 1155/2024 y la Instrucción SEM 3/2025 marca un antes y un después para los estudiantes internacionales que desean aprender español u otra lengua cooficial en España.
Solicitar la autorización de estancia sin salir del país es ahora una realidad, siempre que cumplas los requisitos.
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